Este domingo comenzó a circular, en Redes Sociales, un flyer informando que el Partido Incluyendo Bariloche apelará ante el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro lo resuelto por el TEP. A partir de lo conocido, desde Bariloche En Redes, entrevistamos a la Ex Defernora del Pueblo de Bariloche a fin de informar los pormenores de la decisión.
Según los dichos propios de la Candidata de Incluyendo Bariloche, lo decidido por el Tribunal Electoral Provincial sic: «el fallo, es un fallo político…». También es contundente al expresar que este Tribunal Electoral «que quiere privilegiar las cuestiones administrativas por sobre el derecho constitucional a elegir y ser elegido«. Poniendo énfasis en que se trata de un fallo político y no judicial, informó que este lunes en el transcurso se estará presentando una apelación a lo resuelto por el Tribunal Electoral de Rio Negro. Sin dudas que esto no tiene que permitir participar de la #EleccionesBariloche2019.
Los argumentos para presentar la apelación serán:
En primer lugar citan lo expuesto por el Juez Mansilla de la causa antes mencionada. Ese fue lo que justificó y puso en relieve que es más importante la participación ciudadana a las cuestiones formales de los partidos políticos.
La actitud del STJ está totalmente opuesta a lo sucedido en 2013, expresó en la charla. En aquel momento el Superior Tribunal de Justicia habilitó Gennuso, sin partido vigente, a participar de la elección, en la que luego salió segundo. Lo planteado es en base a aquella Sentencia del Tribunal Superior de Justicia, del 23 de Julio de 2013. Este hecho que lleva a pensar que el rechazo a la apelación es un Fallo Político y No Judicial.
La otra razón, también sobre lo que ya existe es el hecho de que el Ministerio Público Fiscal se expresó en favor de aceptar la apelación citando su argumentación que así dice:
…que entre los plazos establecidos para la votación y la voluntad del partido político de participar y la posibilidad de que el electorado sea quien defina sus gobernantes -cuestión no analizada por la JEM- esta última es la que debe primar ante la ausencia de agravio a terceros y la convicción de que su no participación solo acarrearía un perjuicio a sus afiliados.
Concluye la ex Defensora del Pueblo diciendo que lo que expresa el Ministerio Público de la Provincia, desde una lógica democrática, que «es más importante que la gente pueda elegir a sus gobernantes a si se corren las elecciones una o dos semanas«.
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