Poder Judicial

Una mujer logró la posesión de su casa frente al hijo de su pareja

Bariloche En Redes · 7 de agosto de 2026

La Justicia civil de Bariloche intervino en una compleja disputa habitacional que involucraba a una vecina y a los familiares de su expareja fallecida. Tras años de convivencia y conflictos derivados de un acuerdo verbal, el fallo judicial priorizó la protección del estado posesorio actual frente a los intentos de perturbación denunciados. La resolución marca un precedente clave para resguardar la estabilidad de la ocupante mientras se dirime la titularidad definitiva del terreno municipal.

Imagen creada solo a fines ilustrativos con Inteligencia Artificial

El fuero Civil de San Carlos de Bariloche otorgó un respaldo clave a la posesión de su casa para una vecina que reside desde hace más de veinte años en una vivienda edificada sobre un terreno de titularidad municipal. La decisión judicial hizo lugar a una acción posesoria promovida para resguardar la ocupación del inmueble frente a las pretensiones y actos de perturbación ejercidos por el hijo de quien fuera su pareja conviviente fallecida, así como por la familia de este. A través de este dictamen, la justicia local dispuso una orden que exige a la parte demandada abstenerse de concretar cualquier tipo de acción que altere la estabilidad de la habitante en dicho predio.

El conflicto por la posesión de su casa

La controversia se desencadenó a partir de una concesión solidaria realizada por la titular de la vivienda, quien permitió en su momento que el hijo de su compañero fallecido y su grupo familiar ocuparan de manera provisoria una edificación ubicada en el fondo del predio. Este permiso fue otorgado mediante un acuerdo verbal, motivado por razones habitacionales y bajo la condición de colaborar con los gastos comunes. Sin embargo, la convivencia derivó en disputas sobre el uso del inmueble, intentos de división del terreno y denuncias cruzadas que motivaron intervenciones previas en el fuero de Familia por situaciones de violencia.

Por su parte, los demandados sostuvieron la existencia de un acuerdo verbal para repartir el terreno y afirmaron que la mujer intentó quedarse con la totalidad del inmueble tras la muerte de su pareja. Asimismo, señalaron que al retirarse del lugar permanecieron allí muebles, documentación y otros efectos personales.

Análisis judicial y medidas dispuestas

Al evaluar el caso, el juez recordó que el interdicto de retener no busca determinar la propiedad del inmueble ni definir quién posee un mejor derecho, sino proteger la posesión existente y evitar que el conflicto se resuelva por mano propia. El análisis constató que la mujer acreditó la ocupación continua por más de veinte años y que los demandados ingresaron con su autorización, lo que impedía reconocerles una posesión autónoma. Además, el magistrado valoró que el Instituto Municipal de Tierras y Vivienda para el Hábitat Social la declaró preadjudicataria del lugar, aunque precisó que el dominio continúa siendo municipal hasta la adjudicación definitiva.

«El interdicto de retener no busca determinar la propiedad del inmueble ni definir quién posee un mejor derecho, sino proteger la posesión existente y evitar que el conflicto se resuelva por mano propia», recordó el magistrado al evaluar el caso.

La sentencia sustentó su decisión en el mandamiento de constatación, declaraciones testimoniales y actuaciones del fuero de Familia para dar por acreditados los actos de perturbación. En consecuencia, fijó apercibimiento de sanciones económicas para los demandados en caso de nuevos actos que afecten la posesión de su casa, e intimó a la demandante a restituir en cinco días los bienes dejados por aquellos. Finalmente, el fallo aclaró que la medida solo preserva el estado posesorio actual sin impedir futuras acciones sobre la propiedad.

¿Qué te parece lo que dice la nota?
COMENTÁ acá mismo