Poder Judicial

Un hombre deberá pagar la mitad de los gastos de combustible

Bariloche En Redes · 2 de octubre de 2026

El Juzgado de Paz de Bariloche intervino en una disputa económica derivada de una separación, donde la falta de acuerdo sobre los costos de un viaje compartido llegó a instancias judiciales. La resolución pone bajo la lupa el valor jurídico de las conversaciones informales por mensajería instantánea frente a reclamos patrimoniales, marcando un precedente sobre cómo se interpretan las renuncias a derechos económicos en el marco de los procesos de menor cuantía.

Imagen creada solo a fines ilustrativos con Inteligencia Artificial

El Juzgado de Paz de Bariloche dictó un fallo que determinó la responsabilidad compartida de los gastos de combustible tras la ruptura de un vínculo personal. La resolución judicial estableció que un hombre deberá asumir el cincuenta por ciento de los costos de traslado hacia el Alto Valle, realizados conjuntamente en un vehículo recientemente adquirido por la demandante para visitar a sus familiares. La controversia jurídica, surgida luego de la separación, derivó en una demanda ante la Justicia local frente a la falta de acuerdo sobre las erogaciones efectivas de la travesía.

Durante el trámite de la causa, ambas partes coincidieron en que el viaje se concretó en el automóvil de la mujer y que, una vez producido el distanciamiento, el sujeto propuso revisar las cuentas compartidas expresando la voluntad de liquidar los montos pendientes.

«Hagamos números.», dijo el hombre.

Sin embargo, las diferencias surgieron al precisar las cifras definitivas, toda vez que la accionante sostuvo la existencia de un acuerdo previo para que su acompañante asumiera la totalidad del pago, mientras que el demandado rechazó dicha pretensión aportando capturas de pantalla de una conversación virtual para fundamentar su postura. En su planteo, el hombre argumentó que un mensaje enviado por la mujer durante un cruce por WhatsApp debía ser interpretado legalmente como una renuncia firme al cobro de las sumas reclamadas.

«No necesito tu plata.», manifestó la mujer.

Disputa por los gastos de combustible

Esta alegación trasladó el debate hacia un análisis jurídico sustancial sobre si las expresiones emitidas en un contexto informal de discusión poseen entidad suficiente para extinguir la capacidad de exigir una obligación patrimonial. La sentencia judicial descartó esa interpretación defensiva al considerar que, si bien el Código Civil y Comercial contempla la renuncia de derechos sin exigencia de formas solemnes, el texto presentado no demostraba una intención inequívoca de resignar el reclamo. La jueza remarcó que la demandante mantuvo de manera constante la exigencia económica, lo cual resulta incompatible con una voluntad abdicativa. Ante la ausencia de pruebas que acreditasen un pacto para atribuir el ciento por ciento de los gastos de combustible al demandado, el tribunal resolvió dividir la obligación por partes iguales.

El accionado intentó impugnar la liquidación mediante un recurso de revocatoria, pero la presentación fue desestimada por ser formulada fuera de término. Cabe destacar que los juicios de menor cuantía constituyen una herramienta esencial que garantiza el acceso a la justicia mediante procedimientos verbales, gratuitos, informales y participativos, exceptuando fueros de familia, sucesiones, laborales o desalojos. En los Juzgados de Paz, donde el tope máximo para este tipo de reclamos asciende a 2.700.000 pesos, se atiende conjuntamente la resolución de contravenciones, notificaciones, certificaciones, autorizaciones, audiencias, otorgamiento de cartas poder, beneficio de litigar sin gastos y ejecuciones fiscales de competencia local.

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