Poder Judicial

Un boliche de Bariloche pagará el 80% a un cliente apuñalado

Bariloche En Redes · 18 de septiembre de 2026

La Cámara de Apelaciones de Río Negro revisó el caso de un joven que sufrió una grave herida de arma blanca durante una pelea en un local nocturno. Si bien el tribunal reconoció una provocación inicial por parte de la víctima, ratificó la responsabilidad del establecimiento por fallas en la seguridad y el control de ingreso, estableciendo un nuevo esquema de compensación económica que involucra a la firma aseguradora y al agresor.

Imagen creada solo a fines ilustrativos con Inteligencia Artificial

Un boliche de Bariloche fue protagonista de una importante resolución judicial tras un violento episodio ocurrido en sus instalaciones. La Cámara de Apelaciones de Río Negro determinó modificar un fallo de primera instancia, estableciendo que la propietaria del establecimiento, junto al autor de una agresión y la firma aseguradora, deberán asumir el 80 por ciento de los daños derivados de la indemnización demandada por un cliente que resultó gravemente herido de una puñalada en el abdomen durante un altercado en la pista.

Carta Orgánica Bariloche

Responsabilidades en un boliche de Bariloche

El tribunal de alzada ajustó la responsabilidad tras analizar las grabaciones de las cámaras de seguridad del local. En dicho material, las magistradas y magistrados constataron que la víctima, quien tenía 27 años al momento del suceso y presenta una incapacidad permanente del 38 por ciento, propició el inicio del enfrentamiento al acercarse al agresor, intercambiar palabras y realizar dos actos de provocación física. Aunque las autoridades judiciales enfatizaron que el ataque posterior con un arma blanca resultó desproporcionado y brutal, concluyeron que la conducta inicial del joven incidió en el desenlace final, motivo por el cual le atribuyeron el 20 por ciento restante de la responsabilidad por una disputa que pudo haberse evitado.

Pese a esta reducción porcentual, el fuero judicial ratificó la obligación central de la patronal comercial respecto del deber de protección hacia los asistentes. Los jueces explicaron que el desarrollo de la nocturnidad comprende concentraciones masivas, música a volúmenes elevados y expendio de bebidas alcohólicas, variables que convierten a las discusiones en contingencias previsibles. En ese sentido, las fallas operativas quedaron evidenciadas cuando el agresor logró ingresar al establecimiento portando un cuchillo, mientras que la víctima, sobre quien pesaba una prohibición de acceso por incidentes previos, permaneció en el lugar sin ser detectada por los controles de ingreso.

«La justicia determinó que la propietaria del establecimiento, junto al autor del ataque y la firma aseguradora, asuman el 80 por ciento de los daños correspondientes a la indemnización demandada», explicaron los magistrados al ajustar la responsabilidad civil del boliche de Bariloche.

En relación con la fijación de la suma económica, los juzgadores descartaron un recibo de sueldo adjuntado al expediente por no reflejar una situación laboral registrada formalmente al momento de la agresión. Por consiguiente, dispusieron utilizar el salario mínimo, vital y móvil como parámetro para calcular los montos indemnizatorios que la aseguradora responderá en función de los límites de la cobertura contratada. Finalmente, la sentencia dictada en esta segunda instancia conserva un estado provisorio y mantiene la posibilidad de ser recurrida mediante futuras apelaciones por cualquiera de las partes involucradas en el proceso judicial.

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