Conflicto laboral en academia de danza: El fallo de la Cámara Segunda del Trabajo de Bariloche desestimó una demanda laboral presentada por un instructor de danza contra una academia local.
Durante meses, ambos compartieron la pasión por el baile, pero la falta de contrato formal llevó al hombre a interpretar que existía una relación laboral. Tras considerar que fue despedido sin causa, presentó su caso ante el fuero laboral. Sin embargo, el tribunal rechazó su demanda, señalando la ausencia de elementos esenciales de un contrato de trabajo.
El fallo destacó la carencia de subordinación técnica, jurídica y económica, condiciones indispensables según la Ley de Contrato de Trabajo. Pese a las afirmaciones del instructor sobre un salario fijo y horarios definidos, no se probó la existencia de un vínculo de dependencia.
La academia negó cualquier relación laboral, y el tribunal concluyó que la interacción entre ambos era más un acuerdo informal que un contrato laboral. La falta de recepción de las cartas documento enviadas por el instructor fue determinante. Sin constancia de entrega, no puede configurarse injuria ni activarse el despido indirecto. Con esto se define el conflicto laboral en Academia de Danzas.
Testimonios presentados describieron una modalidad de trabajo flexible, con retribución variable según el número de alumnos, en lugar de un salario fijo. En esencia, el tribunal dictaminó que no hubo despedido porque no existió un vínculo jurídico que pudiera romperse.
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