El fuero de Familia de Bariloche resolvió hacer lugar al reclamo de un joven que solicitó la supresión de su primer nombre y el apellido paterno en Bariloche para adoptar formalmente la identidad con la que se reconoce. Tras años de utilizar únicamente la identificación materna en sus ámbitos cotidianos y escolares, la Justicia rionegrina garantizó el derecho a la identidad autopercibida e integral del joven, entendiendo que el nombre formal no representaba su historia de vida ni sus afectos reales frente a la ausencia prolongada del progenitor.
El proceso por el apellido paterno en Bariloche
La demanda, iniciada originalmente por la madre cuando la persona involucrada tenía solo un año tras la separación de la pareja, expuso una trayectoria marcada por el distanciamiento afectivo y material. A lo largo del tiempo, la progenitora debió impulsar diversos trámites judiciales por alimentos, autorizaciones para viajar y situaciones de violencia, mientras la presencia paterna resultaba esporádica e intermitente. Al alcanzar la madurez suficiente y contar con asistencia letrada propia, el adolescente ratificó de manera directa la necesidad de adecuar sus documentos a su realidad cotidiana.
Frente a la oposición planteada por el progenitor, quien alegó intenciones de sostener un lazo sano y atribuyó la distancia a supuestos obstáculos maternos, el juzgado priorizó la escucha activa a las infancias y adolescencias. Las evaluaciones y los antecedentes del expediente desmentían la insistencia invocada por el hombre para establecer un régimen de comunicación, comprobándose la falta de contacto sostenido entre ambos y el cuidado exclusivo ejercido por la madre. En este contexto, el joven reafirmó su voluntad de modificar el apellido paterno en Bariloche ante las autoridades judiciales.
Durante el proceso legal, la institución educativa confirmó que el estudiante solicitaba de forma clara y respetuosa no ser nombrado con la identificación paterna. Asimismo, las pericias desarrolladas por el Cuerpo de Investigación Forense determinaron que llevar ese apellido le provocaba un impacto negativo en su desarrollo. Los informes técnicos descartaron cualquier tipo de presión externa, ratificando la plena autonomía de una decisión orientada a consolidar un bienestar personal libre de imposiciones no deseadas.
«Como vos querías, vas a poder llamarte. Te mando un abrazo y te deseo que seas muy feliz.», dijo la Jueza de Familia.
Tanto la Defensora de Menores como la Fiscalía y el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas avalaron la medida sin formular objeciones legales. Se aclaró que la decisión no altera la filiación biológica asentada en el acta de nacimiento, sino que modifica el nombre registral. El fallo se fundamentó en que la identidad no concluye en el enlace biológico, sino que se construye mediante la historia personal, las vivencias cotidianas y los lazos de afecto real, permitiendo finalmente el cambio del apellido paterno en Bariloche.




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