En un fallo histórico para Bariloche, la justicia garantiza indemnización plena a un trabajador cuya aseguradora se negaba a cubrir la incapacidad permanente tras un accidente laboral. Esta sentencia de primera instancia no solo reivindica los derechos de la persona afectada, sino que también declara inconstitucional el límite de cobertura de la póliza debido a la inflación.
Esta resolución, que ordena el pago de un capital de $8.741.408 más intereses y la actualización del monto de la cobertura a valores de mercado, subraya la importancia de la transparencia en las relaciones de consumo y el acceso a la justicia para quienes ven vulnerados sus contratos. El caso pone de manifiesto cómo la justicia interviene para proteger a los asegurados frente a cláusulas que pierden razonabilidad con el paso del tiempo.
El Origen del Conflicto: Un Accidente con Consecuencias Permanentes
El incidente que desencadenó este proceso ocurrió cuando un trabajador de la ciudad, mientras instalaba cañerías en una obra, sufrió una caída que le provocó una grave lesión en el hombro derecho, resultando en una limitación permanente que afecta su capacidad laboral. A pesar de contar con un seguro de accidentes personales que incluía cobertura por invalidez, y de haber realizado la denuncia el mismo día del hecho, la empresa aseguradora cubrió únicamente la atención médica inicial, rechazando posteriormente la indemnización por incapacidad.
La compañía argumentó que la rotura del tendón del hombro era una afección preexistente, una postura que el trabajador refutó, afirmando que la lesión era consecuencia directa del accidente.
Una pericia médica posterior determinó una incapacidad permanente del 22% para el trabajador.
Fallo Clave: La Justicia Garantiza Indemnización Plena y Declara Inconstitucional Límite
Durante el proceso judicial, una pericia médica fue determinante al concluir que la caída y el impacto eran compatibles con las lesiones del manguito rotador, desestimando la hipótesis de preexistencia de la aseguradora, que no aportó fundamentos médicos ni evaluaciones previas que respaldaran su negativa. El juez, encuadrando el caso en una relación de consumo, enfatizó la obligación de la empresa de justificar técnicamente su decisión de negar la cobertura.
Un aspecto central del fallo fue la declaración de inconstitucionalidad del límite nominal de $1.400.000 de la póliza, considerando que este monto había perdido toda razonabilidad frente al proceso inflacionario y el tiempo transcurrido sin cumplimiento contractual. Por ello, se ordenó que el cálculo de la indemnización se realice según el valor actual que la aseguradora utiliza para seguros equivalentes en el mercado.
La condena incluye el pago por incapacidad, gastos médicos y de rehabilitación, tratamientos futuros y daño moral, además de una multa civil por obligar al asegurado a iniciar un proceso judicial para obtener lo que le correspondía por contrato.
Este fallo, aunque de primera instancia y sujeto a apelación, sienta un precedente relevante para la protección de los derechos de los consumidores en Bariloche y la región.
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