El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de R铆o Negro declar贸 inadmisible el recurso extraordinario federal presentado por la defensa p煤blica de cinco integrantes de la comunidad Lof Che Buenuleo. Esta decisi贸n, emitida el 17 de octubre, agota las posibilidades de recurso en el 谩mbito provincial para quienes fueron condenados por usurpaci贸n dentro de la causa contra la Comunidad Buenuleo.
Recurso extraordinario federal y su impacto en el conflicto territorial
La defensa hab铆a interpuesto el recurso con el objetivo de que el caso llegara a la Corte Suprema de Justicia. Argumentaron que la sentencia penal violaba garant铆as constitucionales, desconoc铆a el derecho al juez imparcial, y omit铆a aplicar normativa sobre derechos de pueblos originarios. Tambi茅n alegaron arbitrariedad en la valoraci贸n de la prueba y en la imposici贸n de medidas restrictivas. Sin embargo, el STJ rechaz贸 el recurso por razones formales, alegando que no se cumplieron los requisitos para habilitar la v铆a federal.
El m谩ximo tribunal de la provincia se帽al贸 que la defensa no ofreci贸 una cr铆tica concreta a los fundamentos del fallo condenatorio, limit谩ndose a repetir planteos ya tratados en otras instancias. En el juicio original, el tribunal de Bariloche conden贸 a los cinco individuos tras considerar probado que ingresaron de manera ileg铆tima a un lote, despojando a un particular de su posesi贸n. La defensa, por su parte, sostuvo que se trataba de un territorio comunitario, amparado por normativa vigente sobre recuperaci贸n territorial.
Durante el proceso, se presentaron resoluciones del Instituto Nacional de Asuntos Ind铆genas (INAI) y testimonios sobre la ocupaci贸n tradicional del 谩rea. No obstante, los jueces del tribunal penal descartaron ese encuadre, resolviendo que no se acredit贸 un derecho leg铆timo sobre el inmueble por parte de los imputados. Adem谩s, la sentencia impuso medidas cautelares que impiden a los condenados acercarse al predio ni tener contacto con los denunciantes.
En el recurso extraordinario federal, la defensa retom贸 estos cuestionamientos, citando jurisprudencia de la Corte Interamericana e insistiendo en la falta de aplicaci贸n del derecho a los pueblos originarios. Sin embargo, el STJ evalu贸 que estos planteos no estaban suficientemente desarrollados como para constituir una cuesti贸n federal v谩lida, y los rechaz贸. Esta resoluci贸n del STJ significa que, por el momento, se cierra la posibilidad de revisi贸n del caso en el 谩mbito federal, dejando a la comunidad Lof Che Buenuleo sin m谩s recursos legales inmediatos en la provincia.

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