La Asiganación Universal por Hijo está destinada a los niños y niñas y no se puede embargar para pagar deudas de tarjetas de crédito.
El fallo corresponde a un recurso de amparo presentado por la madre de cuatro niños, beneficiarios de la AUH. El Banco Patagonia le retuvo los montos correspondientes a esa asignación. El argumento es que tenía deudas por otros conceptos en la misma entidad bancaria relacionadas con una tarjeta de crédito.
El fallo de la magistrada Marcela Pájaro, como jueza de amparo, consigna la inembargabilidad de los fondos. La causa es que corresponden a un beneficio social destinado a niñas y niños. Este es el caso de la Asignación Universal por Hijo (AUH).
El fallo, que dispone que las asignaciones familiares son inembargables, no constituyen remuneración, ni están sujetas a gravámenes. En este sentido destacó que la prestación que el ANSES destina a la infancia, más allá de serle liquidada a un adulto – en este caso a la madre- es de los niños y niñas y no de sus progenitores. Por esta razón es inembargable y no puede ser retenida o embargada por deudas de esto últimos.
Ante lo resuelto se ordenó que el Banco Patagonia devuelva de forma inmediata los fondos a la mujer que presentó el amparo.
La jueza interviniente también señaló que, si bien la vía del amparo no es la adecuada para el reintegro de sumas de dinero, en este caso se trata de devolverle dinero destinado a gastos de supervivencia que le fue retenido ilegítimamente.
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