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Condena a la ART tras desestimar secuelas en el Catedral

Un trabajador del Cerro Catedral logró un fallo favorable tras quedar desamparado por su aseguradora. A pesar de sufrir una grave lesión de ligamento durante sus tareas de despeje de nieve, el sistema administrativo intentó ignorar las secuelas físicas permanentes derivadas del siniestro. La Cámara Primera del Trabajo de Bariloche intervino para revisar la realidad de su historia clínica, enfrentando la burocracia que minimiza el daño sufrido por quienes sostienen el motor productivo local.
Condena a la ART
Imagen creada solo a fines ilustrativos con Inteligencia Artificial

La justicia de Bariloche ha marcado un precedente fundamental en la protección de los derechos laborales. En un fallo reciente, la Justicia condena a la ART tras desestimar las secuelas permanentes sufridas por un trabajador del Cerro Catedral, sentando un precedente clave en la región.

El hecho ocurrió el 13 de mayo de 2024 en el sector Punta Princesa. Mientras cumplía con sus tareas de despeje de nieve, el empleado sufrió un accidente al hundirse su pierna aproximadamente un metro en una zona cubierta. Este movimiento brusco dejó su rodilla atrapada bajo el peso de su propio cuerpo, derivando en una grave lesión de ligamento cruzado anterior y menisco que requirió una compleja intervención quirúrgica.

La condena a la ART por ignorar secuelas físicas

Resulta indignante que, tras haber reconocido el carácter laboral del siniestro y financiado la cirugía, la aseguradora y la Comisión Médica intentaran negar la realidad del daño físico persistente. La Cámara Primera del Trabajo de Bariloche puso luz sobre esta contradicción al valorar la pericia del Cuerpo de Investigación Forense.

La pericia determinó una incapacidad laboral parcial, permanente y definitiva del 11,58%.

Los magistrados fueron contundentes al señalar que la limitación en la movilidad de la rodilla derecha es una consecuencia directa del accidente, validando la historia clínica frente a una decisión administrativa que carecía de sustento médico real.

Un triunfo contra la burocracia deshumanizante

La sentencia, que condena a Productores de Frutas Argentinas Cooperativa de Seguros Limitada a indemnizar al trabajador, expone la fragilidad de los mecanismos administrativos cuando operan en detrimento de la salud. Es imperativo recordar que la transparencia en el sistema de riesgos del trabajo no es una opción, sino una obligación.

«La integridad física de las personas no puede ser minimizada ni ignorada tras un accidente», remarcaron desde el tribunal.

Si bien este fallo de primera instancia aún puede ser apelado, representa un triunfo necesario para la justicia social. Seguiremos atentos a la evolución de este caso, exigiendo que los procesos judiciales reflejen la realidad de quienes sostienen el motor productivo de nuestra región, garantizando que la equidad prevalezca sobre cualquier burocracia.

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