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Brigadista de montaña sufrió secuelas tras caída

La caída de un brigadista de montaña en el Cerro San Martín desató un conflicto legal con su aseguradora, que inicialmente rechazó el caso. El brigadista, enfrenta secuelas físicas y psíquicas permanentes. La justicia falló a su favor, destacando el impacto en su vida laboral y personal. Las implicaciones de este fallo podrían cambiar el tratamiento de accidentes laborales en terrenos peligrosos.
brigadista de montaña sufrió secuelas

Un brigadista de montaña sufrió secuelas tras una caída en un operativo, lo que llevó a un juicio contra una aseguradora de riesgos del trabajo. El incidente ocurrió mientras el experimentado brigadista descendía una pendiente del Cerro San Martín, en Bariloche. El terreno resbaladizo, cubierto por una capa de hielo invisible, provocó que perdiera estabilidad, resultando en una severa lesión en su rodilla izquierda.

La aseguradora de riesgos del trabajo (ART) rechazó inicialmente el caso, argumentando que el accidente no encuadraba dentro de las contingencias cubiertas por la Ley de Riesgos del Trabajo. A pesar de que el empleador denunció el accidente, el trabajador enfrentó negativas médicas y un alta anticipada, lo que lo llevó a recurrir a la vía judicial.

El fallo de la Cámara Primera del Trabajo de Bariloche se centró en las secuelas físicas y psíquicas permanentes del brigadista, así como en el marco legal que ampara el reclamo por incapacidad. Una pericia psiquiátrica concluyó que el trabajador desarrolló una reacción vivencial anormal con manifestación depresiva. Además, una pericia médica laboral determinó una limitación funcional en la rodilla, lo que fue suficiente para activar el derecho a una indemnización.

Brigadista de montaña sufrió secuelas

La sentencia detalló el itinerario administrativo previo, desde el rechazo inicial de la ART hasta la intervención de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, que finalmente reconoció el hecho como accidente laboral. Sin embargo, la respuesta médica siguió siendo insuficiente, ya que la ART dio el alta sin reconocer secuelas. Finalmente, el Poder Judicial resolvió a favor del brigadista.

El tribunal consideró probadas las consecuencias psíquicas y físicas del accidente, pese a la impugnación de la ART. Los jueces valoraron el impacto de la lesión en la capacidad laboral y calidad de vida del trabajador, ordenando una indemnización en su favor.

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