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Ya No es Obligatorio el uso de Barbijo

En la resolución 705/2022 del Ministerio de Salud de la Nación, se resuelve RECOMENDAR, como medida sanitaria, el uso del tapaboca dejando de lado la obligatoriedad de su uso.
Para determinar la modalidad de prestación de servicios laborales -presencial o remota- de una persona, se recomienda la realización de una evaluación médica de riesgo individual con su correspondiente certificación, sin que sea suficiente su sola pertenencia a los grupos de riesgo
Con la firma de la Ministra de Salud de la Nación se dejan sin efecto casi la totalidad de las medidas decretadas desde el 20 de Marzo de 2020.

Llega el final de una discusión entre quienes planteaban la necesidad y lo contrario a varias de las medidas sanitarias tomadas por el Gobierno Nacional. Se finalizó el distanciamiento entre personas, la obligatoriedad de reportar síntomas en la app «Cuidar» y, no es obligatorio el uso de Barbijo, en cualquier lugar.

Las nuevas medidas se dan a conocer en la resolución 705/2022 del Ministerio de Salud de la Nación. Con la firma de la Ministra Vizzotti, se resuelve RECOMENDAR, como medida sanitaria, el uso del tapaboca dejando de lado la obligatoriedad de su uso.

Como antecedente inmediato, hace una semana se daba cuenta en una nota titulada Barbijo No Obligatorio en las escuelas de la provincia. La resolución del Ministerio de Educación de la provincia da cuenta de una medida con la misma temática. El gobierno provincial por medio de la Resolución 1982, si bien recomendaba, suspendió la obligatoriedad del uso del barbijo/tapaboca en el ámbito escolar.

El artículo 1 de lo resuelto comienza con la frase Establecer las siguientes recomendaciones. De ahí en adelante enumera las medidas entre las que se destacan:

  • Suspensión del distanciamiento social de DOS (2) metros.
  • El uso del barbijo deja de ser obligatorio en espacios interiores, incluyendo los ámbitos laborales, educativos, sociales y el transporte público.
  • Deja de ser obligatorio el autorreporte de síntomas en la aplicación “Cuidar”.
  • Para determinar la modalidad de prestación de servicios laborales -presencial o remota- de una persona, se recomienda la realización de una evaluación médica de riesgo individual con su correspondiente certificación, sin que sea suficiente su sola pertenencia a los grupos de riesgo

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2 respuestas

  1. Master, se ve que no leíste la resolución del Boletín oficial que vos mismo publicas, Lo que mencionas en tu nota es en Provincia de Bs. AS. y no se resuelve que el tapaboca llegue a ser recomendado y no obligatorio.

    LA MINISTRA DE SALUD

    RESUELVE:

    ARTÍCULO 1°. Establecer las siguientes recomendaciones de cuidado generales para la prevención de Covid-19 y otras enfermedades respiratorias agudas:

    a. Continuar con el uso adecuado del barbijo en espacios interiores, incluyendo los ámbitos laborales, educativos, sociales y el transporte público.