La sentencia de la Cámara Primera del Trabajo de Bariloche ordena al Estado limitar descuentos en el salario de una docente. Dicha resolución establece que el Ministerio de Educación no podrá reducir más del 20% del sueldo neto de la trabajadora, protegiéndola de deducciones excesivas realizadas por entidades financieras y mutuales.
La acción judicial, presentada en marzo, se basó en la vulneración de derechos laborales. La docente del sistema educativo de Río Negro demostró que sus ingresos fueron reducidos drásticamente. En diciembre de 2024 y enero de 2025, los descuentos alcanzaron el 100% de su salario mensual. En febrero, solo recibió el 14% de su sueldo, lo que motivó su reclamo ante la justicia.
Según el expediente, las deducciones estaban asociadas a préstamos con entidades como MUT.REG.SUR, AMSER y otras. La demandante solicitó la aplicación del Decreto-Ley 6754/43, que limita estas retenciones al 20%. El Ministerio, representado por la Fiscalía de Estado, rechazó el planteo y se opuso a la demanda. Sin embargo, el tribunal subrayó que las deducciones administrativas no deben exceder los límites legales, incluso si derivan de acuerdos voluntarios.
Ordenan al Estado limitar descuentos
La resolución judicial marca un precedente en la protección de los derechos laborales en el ámbito educativo. El fallo determina que las deducciones no pueden superar el 20% del salario neto, una vez aplicadas las quitas obligatorias por ley. Además, la docente debe indicar a qué entidad se destinará el porcentaje permitido. Si no lo hace, el monto se distribuirá proporcionalmente entre las cinco instituciones acreedoras. La sentencia aún no es definitiva y está sujeta a revisión. Este fallo resalta la importancia de respetar los topes legales en la materia, garantizando que los trabajadores no vean comprometidos sus ingresos más allá de lo estipulado por la ley.
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