La justicia de Bariloche ha dictado una contundente condena civil que reivindica a víctima con graves secuelas físicas y psicológicas, tras un accidente provocado por un conductor en la Avenida Bustillo. Este fallo, que reafirma la responsabilidad al volante y la seguridad vial, establece una indemnización superior a los 85 millones de pesos, más intereses, en favor de la víctima.
«Este fallo establece una indemnización superior a los 85 millones de pesos, más intereses, en favor de la víctima.»
El incidente, ocurrido en el kilómetro 12 de una de las avenidas más transitadas de nuestra ciudad, se desencadenó cuando el automóvil intentó un giro en “U” en un sector no habilitado. En ese momento, una motocicleta que circulaba correctamente por su carril impactó violentamente contra el lateral izquierdo del vehículo, alterando drásticamente la vida de su conductor.
Las Devastadoras Consecuencias de la Imprudencia
Las consecuencias para el motociclista fueron devastadoras: sufrió fracturas en ambas muñecas, lesiones ligamentarias y un compromiso neurológico significativo. Tras ser intervenido quirúrgicamente, los estudios confirmaron limitaciones funcionales permanentes, dolor persistente y la posibilidad de futuras complicaciones. El peritaje psicológico diagnosticó un trastorno por estrés postraumático, fijando una incapacidad del 20%, sumado a un 35% de incapacidad física por las lesiones en los miembros superiores.
«El peritaje psicológico diagnosticó un trastorno por estrés postraumático, fijando una incapacidad del 20%, sumado a un 35% de incapacidad física por las lesiones en los miembros superiores.»
Durante el proceso judicial, el conductor del automóvil intentó deslindar responsabilidades, argumentando haber señalizado su maniobra y atribuyendo el choque a una supuesta imprudencia del motociclista, hipótesis que fue categóricamente descartada. La pericia mecánica, apoyada en constancias policiales, determinó irrefutablemente que el automóvil realizó un giro en “U” en un lugar no habilitado, invadiendo la trayectoria de la motocicleta y sin tratarse de una incorporación gradual al tránsito.
La Justicia Reivindica a Víctima: Un Fallo que Sienta Precedente
Con base en estos elementos, el juez aplicó el régimen de responsabilidad objetiva que rige la circulación vehicular. Este principio establece que quien genera un riesgo debe responder por los daños si no logra demostrar una causa ajena, lo cual el conductor del automóvil no acreditó. La sentencia atribuyó responsabilidad exclusiva al demandado por ejecutar una maniobra prohibida sin las precauciones exigidas, impactando directamente en la seguridad vial y en la vida de un vecino trabajador.
«La sentencia atribuyó responsabilidad exclusiva al demandado por ejecutar una maniobra prohibida sin las precauciones exigidas, impactando directamente en la seguridad vial y en la vida de un vecino trabajador.»
El magistrado también consideró la situación laboral de la persona damnificada, quien se desempeñaba como trabajador independiente en la construcción, y cómo las lesiones han limitado severamente su capacidad para generar ingresos. La indemnización, buscando reparar integralmente los daños, abarcó incapacidad sobreviniente, daño psicológico, daño moral, gastos médicos, tratamientos futuros, lucro cesante, daño material y daño estético.
Un Mensaje Claro para la Comunidad
Este fallo de primera instancia, que se extiende a la aseguradora en los términos del contrato, aún no es firme y puede ser apelado. Desde Bariloche En Redes, destacamos la importancia de esta resolución judicial, que subraya la necesidad de una conducción responsable y la protección de quienes transitan nuestras avenidas, enviando un mensaje claro sobre las consecuencias de la imprudencia al volante y cómo la justicia reivindica a víctima para toda la comunidad.

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