Una medida judicial llama sale de lo común en Bariloche. Se ha dictado una medida contundente con la que la justicia garantiza el cobro de alimentos y reafirma el compromiso con los derechos de niñas, niños y adolescentes, al ordenar el embargo preventivo de un vehículo y la apertura de una cuenta judicial para asegurar una deuda alimentaria que supera los siete millones de pesos.
Esta acción, que impacta directamente en la vida de nuestra comunidad, se produce tras el reiterado incumplimiento de una sentencia previa que ya había establecido las cuotas correspondientes, evidenciando la firmeza del fuero de Familia ante la falta de responsabilidad.
El caso, que comenzó con la homologación de un acuerdo y la posterior liquidación de las cuotas impagas, escaló ante la persistente negativa de pago. La Unidad Procesal de Familia, tras dictar sentencia monitoria, inició la etapa de ejecución, reflejando la magnitud de la desatención.
Monto Millonario y Proceso de Ejecución
El monto reclamado asciende a más de $7.2 millones, a lo que se suma un 45% adicional previsto para cubrir intereses y costas del proceso.
Específicamente, la resolución judicial dispone el embargo preventivo de un automóvil Volkswagen CrossFox, modelo 2009, registrado a nombre del deudor, y concede un plazo de cinco días para que se efectúe el pago voluntario o se presenten las defensas procesales que la ley permite. En caso de no cumplirse con esta disposición, la ejecución de la sentencia continuará hasta que se cubra la totalidad de lo adeudado, garantizando así la protección económica de quienes dependen de este ingreso vital.
> La resolución judicial dispone el embargo preventivo de un automóvil Volkswagen CrossFox, modelo 2009, y concede un plazo de cinco días para el pago voluntario o la presentación de defensas.
La Justicia garantiza cobro de alimentos: Un mensaje claro
Este procedimiento subraya una facultad esencial del fuero de Familia, que no solo se limita a fijar u homologar cuotas alimentarias, sino que también está plenamente habilitado para ejecutar sus propias sentencias cuando la persona obligada incumple. Es un mensaje claro sobre la importancia de la transparencia pública en el cumplimiento de las obligaciones que hacen al bienestar colectivo, especialmente cuando se trata de la subsistencia de las infancias.
El fuero de Familia no solo fija u homologa cuotas alimentarias, sino que también está plenamente habilitado para ejecutar sus propias sentencias cuando la persona obligada incumple.
La normativa procesal vigente en nuestra provincia permite la emisión de sentencias monitorias, la orden de embargos sobre bienes registrables como vehículos e inmuebles, cuentas bancarias o ingresos, además de la adopción de medidas cautelares diseñadas específicamente para asegurar el cobro de estas deudas. Esto demuestra que el sistema judicial cuenta con herramientas robustas para proteger a las partes más vulnerables.
En materia alimentaria, el crédito goza de una prioridad indiscutible, dado su vínculo directo con la subsistencia y el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes. Por ello, el sistema judicial prevé mecanismos ágiles que reducen las instancias y los plazos de resolución, particularmente cuando la deuda ya ha sido determinada y cuantificada en un expediente anterior, agilizando la respuesta de la justicia.
Herramientas Judiciales para Asegurar el Cumplimiento
Además de los embargos, los magistrados disponen de otras herramientas efectivas para impulsar el cumplimiento de estas obligaciones, tales como retenciones directas de haberes, inhibiciones generales de bienes, la inscripción en registros de deudores alimentarios, restricciones para realizar determinados trámites e incluso la imposición de sanciones conminatorias. La finalidad de todas estas acciones no es punitiva, sino lograr que la obligación se cumpla en tiempo y forma, salvaguardando el interés superior de la niñez y adolescencia, y asegurando que la deuda no continúe en aumento, reafirmando así que la justicia garantiza el cobro de alimentos.

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