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Estrés laboral y ansiedad: caso de Tarjeta Naranja

Un trabajador de Bariloche enfrenta una compleja situación tras ser despedido injustificadamente. La empresa no convalidó su licencia médica y un tribunal falló a su favor. El caso revela la falta de procedimientos adecuados y la presión laboral que sufrió. La sentencia, aunque favorable, aún puede ser apelada, dejando al trabajador en una situación incierta mientras espera la resolución definitiva.
estrés laboral y ansiedad

Un trabajador de Bariloche, empleado por siete años en una compañía de servicios financieros, fue diagnosticado con estrés laboral y ansiedad. A pesar de tener una licencia médica, la empresa decidió no convalidarla, lo que resultó en un fallo judicial que consideró injustificado su despido. La situación se desencadenó cuando, tras no reincorporarse al trabajo, comenzaron los descuentos salariales, culminando en el cese total de sus ingresos.

Estrés laboral y la respuesta de la empresa ante el diagnóstico médico

El médico del trabajador le había prescrito reposo debido a su estado de salud mental. Sin embargo, la empresa lo citó para una evaluación con una profesional contratada, quien, sin realizar estudios complementarios ni convocar una junta médica, determinó que el empleado estaba apto para regresar al trabajo. Esta decisión unilateral y la falta de un procedimiento adecuado llevaron a que el trabajador no regresara a la oficina durante los meses siguientes, lo que fue seguido por la suspensión de su salario.

El caso llegó al fuero Laboral, donde el tribunal falló a favor del trabajador. La sentencia destacó que la empresa no aportó pruebas objetivas para rechazar el diagnóstico inicial. Además, no se activó ningún mecanismo para una evaluación imparcial, como una junta médica, y se ignoraron los certificados médicos que respaldaban la licencia del trabajador.

Consecuencias legales y el fallo judicial a favor del trabajador

Los jueces consideraron que la falta de pago y la omisión de procedimientos adecuados por parte de la empresa constituían una injuria que justificaba el despido indirecto. La empresa, identificada como Tarjeta Naranja, fue condenada a abonar los haberes adeudados, las indemnizaciones correspondientes, el sueldo anual complementario, y los salarios de los meses de julio, agosto y septiembre, hasta que el trabajador recibiera el alta médica.

El fallo también incluyó el pago de intereses, aunque rechazó otros reclamos del trabajador, como las multas de la Ley de Contrato de Trabajo, por no cumplirse los requisitos formales. Tampoco se consideró que existiera discriminación, al no haber indicios en ese sentido. La sentencia aún no es definitiva, ya que puede ser apelada por la empresa.

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