Leandro Costa Brutten, concejal y presidente de la bancada Incluyendo Bariloche, promoverá una acción de amparo para frenar obras en un mallín ubicado en el sector inferior de la Barda del Ñireco, según informó en diálogo con Bariloche En Redes. La medida judicial busca paralizar las intervenciones viales y el desarrollo inmobiliario proyectado en una parcela cuyo uso urbanístico vigente no autoriza tales ejecuciones y carece de la convalidación del Concejo Deliberante local.
Acciones legales contra obras en el mallín
El inmueble en cuestión es de dominio privado y está registrado bajo la categorización de uso rural, régimen que limita las actividades a emprendimientos primarios y al pastoreo. Pese a esta restricción, la firma propietaria tramita desde hace años la aprobación de un proyecto de urbanización para edificar viviendas y áreas comerciales sobre el humedal, incluyendo el trazado de una arteria vehicular. Dicho expediente permanecía paralizado en el cuerpo legislativo comunal tras las intervenciones del Foro de Juntas por el Ambiente y profesionales del área técnica.

Sin embargo, la Secretaría de Planeamiento Territorial reflotó un modelo de movilidad urbana orientado a interconectar la zona alta de la barda con el sector inferior. Para dar viabilidad al trazado, la administración municipal ejecutó una permuta de parcelas con Laura Fenoglio en el sector superior y avanzó mediante la cesión de dominio de la fracción correspondiente al humedal. Este acto administrativo de transferencia no fue remitido ni refrendado por el Concejo Deliberante.

«Él tiene toda la documentación y fue su decisión.», señaló la Secretaría de Planeamiento Territorial al trasladar la responsabilidad al intendente municipal.
En materia ambiental, la Barda del Ñireco cuenta con estudios que certifican una elevada peligrosidad y riesgos geomorfológicos e hidrológicos altos. Aunque la evaluación de sensibilidad ambiental aportada por los desarrolladores analiza la dinámica hídrica del lote, prescinde de calificar la superficie bajo la denominación de mallín o humedal. Esta omisión elude el cumplimiento de la tutela garantizada por la Carta Orgánica Municipal y desconoce los términos de la ordenanza del Sistema de Protección de Humedales, norma cuya autoridad de aplicación es la propia Secretaría de Planeamiento Territorial.

Ante las observaciones de agrupaciones vecinales respecto de la viabilidad de trazas alternativas y la vigencia de la normativa de protección, los responsables del área técnica eludieron fiscalizar el proceso. Frente a este contexto, la interposición de la acción judicial busca frenar los trabajos viales y la consolidación del proyecto en el predio, evitando que se concreten más obras en un mallín que cuenta con protección legal vigente.
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