Una aerolínea ha sido condenada por dejar sin asistencia a una familia tras cancelar su vuelo en el aeropuerto de Puerto Montt. La familia, que había viajado desde Bariloche y tenía conexiones internacionales programadas, se encontró con la sorpresa de la cancelación al llegar a la terminal. Sky Airline, la empresa involucrada, no notificó previamente a los pasajeros sobre la cancelación, alegando que la situación era de «público conocimiento» debido a una medida de fuerza. Sin ofrecer alternativas, la compañía remitió a los afectados a un formulario web para registrar su reclamo.
La condena a Sky Airline por incumplimiento contractual y derechos del consumidor
La cancelación del vuelo de Sky Airline dejó a la familia en una situación crítica, ya que tenían otro vuelo internacional programado para la madrugada siguiente. Sin reprogramación ni asistencia ofrecida, decidieron comprar nuevos pasajes por su cuenta para no perder el resto de su itinerario. Posteriormente, completaron el reclamo digital indicado por la aerolínea, pero la respuesta tardó meses y solo consistió en un correo que les instruía a presentarse en una sucursal para retirar el dinero. Sin una oficina de Sky Airline en Bariloche, la familia no pudo cumplir con esta indicación y optó por iniciar una demanda civil por daños y perjuicios.
La Unidad Jurisdiccional, al analizar el caso, declaró a Sky Airline en rebeldía por no comparecer y consideró acreditado el incumplimiento contractual y la vulneración de derechos del consumidor. La falta de notificación previa, la ausencia de asistencia tras la cancelación y la ineficacia del canal de reclamos fueron determinantes en la sentencia. También se probó la necesidad de afrontar gastos adicionales para no perder el resto del viaje contratado. El juez interviniente ordenó el resarcimiento de los daños reclamados y aplicó la sanción conforme a la normativa de consumo vigente.
La sentencia de primera instancia aún no está firme, ya que puede ser apelada por la aerolínea. Este caso resalta la importancia de que las compañías aéreas cumplan con sus obligaciones contractuales y protejan los derechos de los consumidores, especialmente en situaciones imprevistas que afectan itinerarios internacionales.

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