Reformas ilegales en copropiedad fueron desmanteladas. Mediante una resolución judicial se ordenó demoler reformas edilicias no autorizadas en una copropiedad de Bariloche. Fueron años de reclamos y conflicto entre vecinos llevados a tribunales barilochenses.
Las modificaciones bloqueaban la luz natural y obstaculizaban áreas compartidas. Esta situación ocasionaba un gran perjuicio a dos copropietarias y así quedó demostrado. El fallo judicial obliga al responsable a restituir las condiciones originales del inmueble.
El conflicto se originó por la instalación de chapas, media sombra y vegetación que obstruían una ventana de la unidad posterior. También se determinó la existencia de un portón que impedía el libre tránsito por un acceso compartido. Las copropietarias afectadas denunciaron también la dificultad para realizar tareas de mantenimiento debido a la negativa del vecino a permitir el ingreso a las zonas comunes.
La demanda se basó en el reglamento de copropiedad, que establece el deber de respetar las visuales, permitir las reparaciones necesarias y no obstaculizar las áreas comunes.
El acusado negó las acusaciones, argumentando que algunas intervenciones eran provisorias y otras habían sido acordadas. Atribuyó el conflicto a desacuerdos personales. Sin embargo, una pericia técnica confirmó que las reformas limitaban la entrada de luz y la visual, y que el portón restringía el paso por un pasaje común. El juez, basándose en el Código Civil y Comercial, recordó que ninguna persona puede alterar un espacio común ni afectar derechos de terceros sin autorización legal. Las reformas ilegales generaron tensiones durante años.
El juez determinó que se otorga un plazo de 20 días para retirar las construcciones irregulares y restituir las condiciones originales. En caso de incumplimiento, las copropietarias afectadas podrán ejecutar las tareas a cargo del responsable. La resolución también exhorta a las partes a mantener una convivencia respetuosa y ajustada al reglamento de copropiedad. La sentencia, de primera instancia, puede ser apelada.
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