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La Defensoría del Pueblo Bariloche exigió anular audiencia tarifaria

La Defensoría del Pueblo Bariloche ha emitido una contundente recomendación para anular la reciente Audiencia Pública Obligatoria sobre la revisión tarifaria del transporte urbano. En su resolución formal, la entidad expone graves irregularidades y serios incumplimientos normativos que habrían viciado el proceso. Este pronunciamiento clave busca salvaguardar la transparencia y la participación ciudadana, poniendo en jaque la legitimidad de cualquier posible aumento en el costo del boleto para los vecinos.
nulidad audiencia pública

La Defensoría del Pueblo Bariloche emitió una recomendación formal para declarar la nulidad de la Audiencia Pública Obligatoria destinada a la Revisión de la Tarifa del Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros. Este acto se realizó el pasado 17 de diciembre en la Sala de Prensa de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche. La resolución, identificada como RECO-DPB:4/2025, se fundamenta en graves irregularidades y el incumplimiento de normativas.

La entidad detectó vulneraciones significativas al procedimiento administrativo establecido. Específicamente, se incumplió la Ordenanza 1744-CM-07 y la Resolución municipal que convocó el acto. Estos fallos comprometieron la transparencia y la legalidad del proceso, elementos esenciales para una audiencia pública.

Entre las anomalías más destacadas, la Defensoría del Pueblo señaló la falta de una dirección formal del acto. No se designaron autoridades conforme a la normativa vigente. Funcionarios del Departamento Ejecutivo Municipal con competencia directa para conducir la audiencia estuvieron ausentes, lo cual generó un vacío en la conducción.

Se observaron deficiencias críticas en el registro audiovisual del evento. No hubo transmisión oficial ni grabación completa que garantizara la publicidad y transparencia. Además, los ciudadanos enfrentaron la imposibilidad de inscripción a través del sistema oficial previsto, lo que resultó en la exclusión inicial de varios oradores interesados en participar.

El desarrollo de la audiencia evidenció un desorden considerable en el uso de la palabra. Se registraron interrupciones constantes y una notoria ausencia de moderación adecuada por parte de quienes ejercían de facto la conducción. Tampoco se respetó el procedimiento para la formulación de preguntas del público, un aspecto clave para la participación ciudadana.

Un punto crítico fue el retiro anticipado del representante de la empresa concesionaria Amancay SRL – “Mi Bus”, el Sr. Juan Pablo Follonier. Este hecho ocurrió sin que respondiera la totalidad de las consultas planteadas por los asistentes. La resolución subraya que estas irregularidades vician de nulidad el procedimiento administrativo.

Análisis de Irregularidades Detalladas por la Defensoría del Pueblo Bariloche

La Defensoría del Pueblo Bariloche profundizó en el análisis de las fallas. Se constató que Mariano Muñoz y Eliana Garnica, Subsecretaria de Tránsito y Transporte, ejercieron de hecho como autoridades. Sin embargo, ninguno de ellos poseía injerencia directa en la decisión final sobre el pedido de incremento tarifario. Este hecho socavó la legitimidad del desarrollo del acto.

Las autoridades de la audiencia no realizaron el procedimiento fijado por el artículo 13 de la Ordenanza 1744-CM-07 al inicio. Este incluye los incisos a), b) y c), y está reiterado en la Resolución 2832-1-2025. La concejal Roxana Ferreyra señaló esta falta, lo que motivó una lectura parcial e incompleta del orden del día.

Durante el acto, el Sr. Muñoz no ejerció plenamente sus atribuciones según el artículo 15 de la Ordenanza 1744-CM-07. No controló el uso de la palabra ni garantizó que todas las intervenciones constaran en la grabación. La falta de moderación convirtió el acto en un desorden creciente, con numerosas interrupciones y abordaje de temas fuera del objeto central.

La Resolución 2832-1-2025 omitió contemplar un momento específico para la formulación de preguntas del público en general, contraviniendo el artículo 12 de la Ordenanza 1744-CM-25. Aunque se habilitó un espacio para preguntas, este resultó inoficioso. La incapacidad de las autoridades para ordenarlas y la falta de preguntas concretas contribuyeron al caos.

La importancia de un registro audiovisual completo es fundamental. La ausencia de una transmisión en vivo y la imprecisión sobre la disponibilidad de una grabación completa impiden una verificación fehaciente de lo ocurrido. La Defensoría del Pueblo actuó de oficio ante estas inobservancias y el incumplimiento normativo.

Recomendaciones Urgentes para el Ejecutivo y el Concejo Municipal

En consecuencia, la Defensoría del Pueblo formuló recomendaciones específicas al Intendente Municipal. Se instó a declarar la nulidad de la Audiencia Pública del 17 de diciembre. Asimismo, se recomendó convocar a una nueva Audiencia Pública, garantizando el estricto respeto del procedimiento previsto por la normativa vigente para asegurar la legalidad del proceso.

La entidad solicitó al Intendente abstenerse de resolver cualquier aumento tarifario solicitado por la empresa concesionaria hasta que se realice una nueva audiencia válida. Esta medida busca proteger los derechos de los ciudadanos y asegurar que cualquier decisión se tome bajo un marco de transparencia y legalidad.

Adicionalmente, la Defensoría del Pueblo Bariloche solicitó la intervención del Concejo Municipal y del Tribunal de Contralor. Se les instó a actuar con urgencia para que el Poder Ejecutivo no avance en un incremento del boleto. Esta acción se justifica mientras subsista un procedimiento viciado de nulidad, que compromete la legitimidad de cualquier decisión.

La resolución también recomendó al Concejo Municipal intervenir en esta problemática. Para ello, sugirió la aplicación del Artículo 38, incisos 18) y 19) de la Carta Orgánica Municipal. Esta intervención es crucial para asegurar la correcta aplicación de la normativa y la protección de los intereses de los vecinos.

El Transporte Público como Derecho Social Fundamental

Desde la Defensoría del Pueblo Bariloche, se reiteró que el transporte público trasciende la categoría de un servicio comercial. Se lo considera un derecho social fundamental para la ciudadanía. El Estado Municipal posee la responsabilidad indelegable de garantizar su accesibilidad, calidad y legalidad.

La entidad enfatizó la necesidad de asegurar procesos de participación ciudadana reales y efectivos. Estos procesos deben ser transparentes y cumplir con todas las garantías procedimentales. Solo así se puede legitimar cualquier decisión que afecte directamente a los usuarios del servicio.

La resolución fue firmada por la Defensora del Pueblo, Mariana Minuth, y el Asesor Letrado del organismo, Carlos Emilio Arrative. El documento lleva la fecha del 18 de diciembre de 2025, un día después de la controversial audiencia. La acción de la Defensoría busca salvaguardar el cumplimiento de la ley y los derechos de los habitantes de Bariloche.

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