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El IPPV tendrá que dar una Vivienda a una niña discapacitada y su grupo familiar.

El STJ confirmó la sentencia de un Juez de Bariloche y el IPPV deberá brindar solución habitacional a una niña discapacitada y su grupo familiar

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro rechazó apelación formulada por la Fiscalía de Estado confirmando el fallo del juez de Bariloche Santiago Morán. De acuerdo a lo fallado por el Juez el IPPV tendrá que dar una vivienda a una familia en un plazo de 20 días. La presentación la hizo una vecina de Bariloche, madre de varios niños. Una de sus hijos tiene una discapacidad por lo que requiere asistencia respiratoria con internaciones constantes.

En el fallo, Morán resaltó: «Nos encontramos ante una situación particular, urgente, de extrema vulnerabilidad que demanda una solución urgente. A raíz del informe social forense se evidencia que el grupo familiar está integrado por dos niños menores de edad y sus progenitores, que la niña tiene dictamen de discapacidad y que su diagnóstico ha requerido internaciones sucesivas desde temprana edad para administración de oxígeno y tratamientos«. Confirmó que la casa donde hoy vive la familia se encuentra en un terreno que es propiedad de parientes. Además la vivienda es «en calidad de préstamo temporal» en condiciones de precariedad de la infraestructura de la vivienda.

Sobre el derecho de las personas con discapacidad a una vivienda digna

En este sentido, se ha mencionado en la sentencia  a la «Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad». También se alude a la Convención Internacional sobre derecho de las personas con discapacidad.

A lo anterior se añade el derecho a una vivienda digna, con amplio reconocimiento constitucional y convencional. Así, la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud, el bienestar, y en especial la vivienda. Se menciona que en la provincia de Río Negro el derecho a una vivienda digna para las personas con discapacidad está reconocido en la ley D 2055. En uno de sus artículo 53 reza: «En los planes habitacionales oficiales se procurará la previsión de un porcentaje de viviendas construidas de modo tal que resulten accesibles y utilizables a los discapacitados, a efectos de su adjudicación prioritaria, a los grupos familiares con algún integrante discapacitado«.

Nota: Bariloche En RedesPoder Judicial de la Provincia de Río Negro – El IPPV tendrá que dar una vivienda

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