Un fallo del fuero de Familia de Bariloche resolvió que una adolescente podrá seguir viviendo en la casa que comparte con su madre, en el primer piso de una construcción perteneciente a su abuelo paterno, hasta que cumpla 21 años. Este fallo, que prioriza el derecho de la joven a mantener su hogar, rechazó el reclamo del abuelo, quien habÃa solicitado la restitución del inmueble alegando vulnerabilidad económica y falta de otras propiedades.
Derecho de la adolescente a mantener su hogar frente a reclamos familiares
La decisión judicial se enmarca en un complejo conflicto familiar caracterizado por deudas alimentarias, incumplimientos de acuerdos y acusaciones de usurpación. La jueza interviniente destacó la importancia de garantizar el derecho a la vivienda de la adolescente, en contraposición al pedido de desalojo del abuelo, quien también forma parte del esquema de responsabilidad alimentaria. Desde 2015, la madre de la joven vive con su hija en el inmueble ubicado en Bariloche, tras su separación del padre de la niña.
La vivienda habÃa sido considerada parte de un acuerdo familiar no formalizado por escrito. Sin embargo, en 2022, el abuelo colocó un cartel de venta en la fachada y envió una carta documento exigiendo el desalojo. Argumentó que la ocupación era ilegÃtima y que, a sus 62 años, se encontraba sin empleo y sin un lugar donde vivir. A pesar de ello, la madre de la adolescente afirmó que la construcción se realizó con aportes económicos propios durante su relación con el padre y que el acuerdo de convivencia fue verbal y aceptado por todos.
Rol del abuelo y contribuciones a la manutención según el Código Civil
El Código Civil y Comercial establece que los abuelos deben contribuir a la manutención de sus nietos cuando los padres no pueden hacerlo, incluyendo el rubro de «habitación». En este contexto, el fallo judicial consideró que el uso de la vivienda formaba parte de la prestación alimentaria. La madre de la adolescente declaró que nunca recibió ayuda alimentaria sostenida y que cubre en solitario las necesidades diarias de su hija.
El abuelo alegó que en el domicilio también viven la pareja de la madre y los hijos de esta, y que la convivencia ha cambiado desde el inicio del acuerdo. También afirmó que su nieta pasa la mayor parte del tiempo en casa de su padre. Sin embargo, la jueza valoró el informe de la pericia social y la participación de la adolescente en el proceso, quien ejerció su derecho a ser escuchada.
Finalmente, se decidió que el derecho a la vivienda en el marco de una prestación alimentaria no solo incluye el resguardo fÃsico, sino también la seguridad y la estabilidad emocional. Por ello, la sentencia ordenó que la joven pueda seguir viviendo en el inmueble hasta cumplir los 21 años, asegurando su bienestar en un entorno conocido y seguro.

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