El municipio de Bariloche ha sido condenado por la caída de una rama de gran porte que destrozó un auto familiar. La sentencia del fuero Contencioso Administrativo determinó que la comuna es responsable del incidente ocurrido en la vereda, al no garantizar el mantenimiento adecuado del arbolado público. El juez también asignó un grado de responsabilidad a la propietaria del vehículo por no haber informado a las autoridades del evidente riesgo.
La responsabilidad municipal en el mantenimiento del arbolado urbano
La caída de la rama de coihue, que formaba parte del dominio público, puso en evidencia la falta de servicio por parte del municipio. Según la normativa local, el arbolado urbano es considerado un servicio público, lo que obliga al Estado a monitorear su estado sanitario y actuar preventivamente ante cualquier peligro. En este caso, las tareas preventivas fueron omitidas, lo que fundamentó la imputación de responsabilidad estatal.
El fallo rechazó el argumento de la defensa, que alegaba un caso fortuito debido a una nevada extraordinaria. La resolución subrayó que en Bariloche, una ciudad cordillerana, las nevadas intensas no son imprevisibles y no interrumpen el nexo causal. Testimonios de vecinos confirmaron que el vehículo estaba estacionado dentro del terreno y que la rama caída provenía de un árbol en la vereda. Además, se mencionaron reclamos previos para que el árbol fuera podado o retirado debido al riesgo que representaba.
La sentencia también señaló que, en una zona boscosa como el Cerro Otto, la responsabilidad de prevención es compartida. Por ello, se asignó un 25% de responsabilidad a la víctima por no haber informado al municipio del peligro. Sin embargo, la mayor parte de la responsabilidad recae en el municipio, que debe indemnizar a la propietaria por los daños ocasionados, incluyendo la reparación del vehículo y la privación de uso del mismo por más de dos meses.
El fallo se basa en la «falta de servicio», que se refiere al funcionamiento defectuoso u omiso de un deber público. El municipio, al ser custodio del arbolado urbano, no puede evadir su responsabilidad bajo el pretexto de la magnitud de las nevadas o de la carga de trabajo que implica el mantenimiento. Aunque la sentencia de primera instancia no está firme y puede ser apelada, marca un precedente importante en la gestión del arbolado urbano y la responsabilidad estatal.

Si te gusta dale Me Gusta y Comparte
- Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
- Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
- Haz clic para compartir en WhatsApp (Se abre en una ventana nueva) WhatsApp
- Haz clic para imprimir (Se abre en una ventana nueva) Imprimir
- Haz clic para enviar un enlace por correo electrónico a un amigo (Se abre en una ventana nueva) Correo electrónico


