Un fallo contundente del fuero Contencioso Administrativo de Bariloche ha determinó que Aguas Rionegrinas debe indemnizar, por un grave desborde cloacal que invadió una vivienda en El Bolsón. La sentencia deja en evidencia la falta de servicio y la vulnerabilidad de las personas ante fallas en la infraestructura pública.
Esta decisión judicial subraya la necesidad de transparencia y eficiencia en la gestión estatal. Ordena a la empresa indemnizar a la vecina damnificada por los cuantiosos daños materiales y el impacto personal sufrido, reafirmando el derecho fundamental de cada habitante a vivir en un entorno seguro y salubre.
La situación, lejos de ser un incidente aislado, se originó en la red pública. Un sistema saturado no pudo contener el caudal, liberando líquidos cloacales que avanzaron desde la calle hacia el interior del hogar.
Las pruebas presentadas durante el proceso judicial demostraron que la red cloacal no logró absorber la presión, provocando la inundación de distintos ambientes de la casa. Esto afectó bienes personales, mobiliario y la estructura misma, en un escenario de contaminación generalizada que demandó una ardua y costosa limpieza.
La falla en la red pública: origen del desborde
Testimonios e informes técnicos fueron determinantes al confirmar que el problema no radicaba en las instalaciones internas de la vivienda, sino en el deficiente funcionamiento de la infraestructura externa. Incluso, trabajadores vinculados al servicio reconocieron que esta zona es propensa a la saturación durante precipitaciones intensas, lo que refuerza la idea de una falla previsible y recurrente en el sistema.
Testimonios e informes técnicos fueron determinantes al confirmar que el problema no radicaba en las instalaciones internas de la vivienda, sino en el deficiente funcionamiento de la infraestructura externa.
A pesar de que la empresa estatal intentó deslindar responsabilidades, argumentando una contingencia climática extraordinaria o posibles deficiencias internas en el inmueble, la prueba producida en el expediente refutó categóricamente estas afirmaciones. La justicia, al abordar el caso bajo la figura de responsabilidad extracontractual del Estado y la «falta de servicio», examinó si la prestación pública operó en condiciones adecuadas y conforme a las obligaciones legales que la rigen.
Aguas Rionegrinas debe indeminzar por la falta de servicio
La sentencia fue clara al señalar que Aguas Rionegrinas S.A. tiene el deber ineludible de operar, mantener y controlar la red cloacal para garantizar su correcto funcionamiento y evitar perjuicios a la ciudadanía. La falta de medidas eficaces frente a un problema conocido y reiterado, como la saturación del sistema ante lluvias, fue un factor clave que llevó al colapso y a la materialización del daño.
La sentencia fue clara al señalar que Aguas Rionegrinas S.A. tiene el deber ineludible de operar, mantener y controlar la red cloacal para garantizar su correcto funcionamiento y evitar perjuicios a la ciudadanía. La falta de medidas eficaces frente a un problema conocido y reiterado, como la saturación del sistema ante lluvias, fue un factor clave que llevó al colapso y a la materialización del daño.
Este fallo reivindica el derecho de las y los vecinos a contar con servicios públicos de calidad y a exigir que las empresas estatales asuman su responsabilidad cuando, por negligencia o ineficiencia, sus acciones impactan negativamente en la vida cotidiana. La previsibilidad del evento, lejos de ser un caso fortuito, obliga a las autoridades a anticiparse y adoptar soluciones definitivas para proteger a la comunidad. Aunque la sentencia aún no está firme y puede ser apelada, sienta un precedente importante para la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión de los servicios esenciales.

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